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¿Privados de Seguridad o Seguridad de los Privados?

6/6/11 | Publicado en


Semanas atrás en "Estado y Exclusión" hablabamos sobre la emergencia política de la seguridad de la criminalidad, y el cambio radical que comenzaba a manifestarse en la concepción que se tiene sobre la seguridad y su vínculo con la aplicación de la ley. El derecho del ciudadano a la seguridad ya no se garantiza con la obediencia del Derecho; el imperio de la Ley resulta insuficiente para satisfacer esa necesidad. La pretensión estatal de obediencia se manifiesta como una solución mediata aunque no suficiente frente a esta problemática. Este derecho comienza a perfilarse como un integrante más en la categoría de derechos fundamentales. El Estado combate la criminalidad, porque la considera un atentado para su autoridad, mientras que los ciudadanos lo hacen porque ven peligrar el resto de sus derechos. Estamos frente a una misma problemática, pero abordada desde dos perspectivas diferentes, con consecuencias igual de disimiles.

Es interesante analizar lo propuesto por Alessandro Baratta y Christina Giannoulis en relación al modelo del derecho a la seguridad frente al de la seguridad de los derechos. Más allá del aparente juego de palabras, este ultimo concepto, más complejo y abarcativo, comprende un conjunto de derechos a los que se señala como fundamentales, y en los que radicaría la solución integral al problema de la criminalidad. Nos referimos por ejemplo al derecho a la igualdad real de oportunidades, a trabajar dignamente, al juicio previo como antecedente necesario para una condena, el derecho a la intimidad, entre otros del mismo carácter. Para entender las tensiones que se producen entre ambos modelos, los autores parten de las siguientes premisas:

1- El goce en igualdad de condiciones de determinados derechos es un presupuesto concreto del orden jurídico-constitucional en el que se dictan el cuerpo normativo.
2- Ese conjunto de derechos deben ser considerados "derechos fundamentales".
3- Los poderes publicos, principales encargados de bregar por el cumplimiento de esos derechos, no lo hacen.
4- El incremento del delito obedece al incumplimiento de las normas anteriormente referenciadas.
5- El derecho a la seguridad es una "construcción perversa" destinada a mantener el status quo, desentendiéndose de las verdaderas causas y el trasfondo social del delito, rayano en el plano de las desigualdades.
6 - Si se atacaran las verdaderas causas del delito, este desaparecería o se reduciría notablamente, tornando abstracto el reclamo por el "derecho a la seguridad".
7 - El Estado es el responsable de llevar adelante las políticas destinadas a modificar esta situación.

En razón de lo expuesto, los dos primeros presupuestos pueden ser cuestionados partiendo de las siguientes preguntas: ¿Existen los derechos fundamentales? ¿A quienes están dirigidos? Juan Carlos Balerdi, quien cuestiona cada una de las afirmaciones enumeradas anteriormente, sostiene: "(...) las fuerzas de la burguesía, a partir de la conquista del poder, cristalizan y objetivan a través de normas de cumplimiento obligatorio no sólo sus propios intereses materiales, sino también los medios de mantenerlos, o sea los llamados “derechos fundamentales”. Tales derechos, en consecuencia, no pueden ser concebidos prácticamente como “derechos fundamentales” de todos los ciudadanos, sino como “derechos fundamentales” de la burguesía. Por lo tanto, no son sustancialmente distintos al resto de los derechos contemplados en los ordenamientos jurídicos liberales, y no merecen la denominación particular que se le asigna." Lo expresado entonces, nos daría la pauta de que estamos frente a una justicia de clase, funcional a los intereses de un grupo determinado. Partiendo entonces de esta critica certera a la dualidad reflejada entre "derecho a la seguridad" y "seguridad de los derechos", Balerdi concluye que el primero de los conceptos no es más que una forma de enmascarar políticas drásticas ejecutadas por el Estado para garantizar los derechos fundamentales de las clases dominantes. Coincido en alguno de los supuestos planteados por el autor, pero no creo que ese fenómeno se reproduzca de igual manera en todos los sistemas políticos, teniendo en cuenta que tampoco hablamos del mismo grado de "criminalización de la sociedad" ( comparando América Latina con el continente Europeo, por ejemplo ). De igual manera, considero que la concepción del Estado y sus políticas, como una simple herramienta al servicio de estructuras de poder dominantes, obedece a un paradigma que quizás tuvo su apogeo en el siglo XIX y XX, pero que en esta ultima década se manifiesta en vertientes diferentes. No niego la existencia de grupos dominantes, pero entiendo que existe una polarización de los mismos, y en la actualidad, ese conflicto se da en dos planos diferentes: la necesidad de esos grupos de reafirmarse mediante la neutralización de los otros, y el control que los mismos intentan ejercer sobre la sociedad civil, por ejemplo en el plano de la opinión publica. En este marco, el Estado, a diferencia de tiempos anteriores, se está convirtiendo en arbitro de ese "conflicto".

La seguridad ciudadana, estudiada en la dinámica propuesta, aparecería entonces como un patrimonio exclusivo de individuos privados. La sociedad civil comienza a reapropiarse de alguna de las potestades que alguna vez delegó en el proceso de formación del Estado moderno. Prima lo privado, en desmedro de lo estatal. Pavarini habla de "refeudalización en las relaciones sociales" ¿Que nos quiere decir con esta construcción conceptual? El sociólogo Jean Ziegler se refiere a este fenómeno en el plano de la política internacional: " El 4 de agosto de 1789, los diputados de la Asamblea Nacional francesa abolieron el régimen feudal. Su acción tuvo repercusiones universales. Pero, en la actualidad, asistimos a una formidable vuelta hacia atrás. El 11 de septiembre de 2001 no sólo dio a George W. Bush la ocasión para expandir la influencia de Estados Unidos sobre el mundo, el acontecimiento también justificó la imposición del control total sobre los pueblos del hemisferio sur por parte de las grandes sociedades transcontinentales privadas." Entendemos que no es este el fenómeno que intenta priorizar el criminólogo italiano en su trabajo, pero de todas formas nos da un modelo sobre el cual enfocar la atención: Estados Unidos. En los últimos años ha exportado sus políticas de seguridad criminal, incluyendo el packaging, y procurando a diestra y siniestra recetas para detener el crecimiento de la actividad delictiva. Pavarini se refiere a algo más simple. Pensemos en el vínculo político más importante de la sociedad feudal: la relación señor/vasallo. El primero ofrecía protección y seguridad, mientras el otro debía cumplir con un conjunto de condiciones, tales como el pago de una renta y demás. En la actualidad, este fenómeno parece reproducirse, pero desde otra perspectiva. Imaginemos pequeñas entidades territoriales/gubernamentales, administradas no ya por un señor feudal, sino por un gobernante elegido por la voluntad popular. Deberes impositivos a cargo de los ciudadanos, obligación de seguridad en cabeza de los administradores del poder. Tomemos el caso paradigmático de la ciudad de Buenos Aires. ¿Acaso la pretensión del actual jefe de gobierno y su insistencia en la creación de un cuerpo policial autónomo, no se asemeja a las ansias de un señor feudal bregando por armar un pequeño ejercito? Coincidimos, cambian los objetivos. En aquella época, entre otras cosas, el señor feudal luchaba por incrementar sus posesiones materiales, imponiendose frente a otros nobles de igual categoría. En la actualidad, solo se pretende capitalizar políticamente esa oferta de seguridad ciudadana. Estimo que se trata, no de un genuino deseo de seguridad, sino de una estrategia política para perpetuarse en el poder.

Pavarini afirma que "la seguridad ciudadana se manifiesta como una reserva escasa y ontologicamente limitada". Hablamos de un gran tablero de juego en el que para acomodar unas fichas es necesario e imprescindible desacomodar otras del mismo espacio. La satisfacción de las necesidades de uno, por lo menos bajo la óptica de este paradigma, implicará siempre el perjuicio, por mas leve que sea, en las necesidades del otro. Se trata ni más ni menos de la finitud del ser humano, y en términos menos abstractos, de la limitación de los recursos con los que cuenta para afrontar determinadas situaciones. La construcción de un gran muro, que separe un barrio privado de un establecimiento habitacional precario, redundará posiblemente en la sensación de seguridad de los habitantes del primero, pero generará en los pobladores del segundo, un sentimiento de opresión considerable, junto con la marginalización que eso implica. Nuevamente surge la idea de la seguridad como reserva escasa, donde solo aquellos contractualmente mas fuertes tendrán la posibilidad de negociar "cuotas consistentes de seguridad". Los sectores más débiles, actores incapaces de participar en el intercambio político al que nos referimos, serán los únicos perjudicados. Concluye el criminólogo italiano, en que este sistema implica una estructura en la que la seguridad de la mayoría está a cargo de las minorías.

Este fenómeno implica un enfrentamiento latente entre "victimas" y "culpables". Todo aquel que aparezca como capaz de poner en peligro mi cuota de seguridad ciudadana, va a ser receptor de una actitud hostil, y dependiendo de mi grado de tolerancia, objeto de una demostración de constante violencia. Son los micro-enfrentamientos que refiere Roberto Gargarella y que se dan el marco de la inequidad. La desigualdad deteriora las relaciones sociales y ayuda a inocular esas relaciones violencia. Coincido con el constitucionalista, en que el recurso económico no aparece como la solución adecuada a este tipo de conflictividad, sino que el Estado se tiene que valer de otros recursos que "poco tienen que ver con esa forma tan patronal" de atenderlos.


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